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Síndico y Regidora de Meoqui son esposos, probable conflicto de interés

2019-09-19 18:17:30 | El Pionero

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El matrimonio conformado por la Regidora de la Fracción PES/MORENA, Wendy Villalba; y por el Síndico Municipal, Vladimir Morales emanado también de PES/MORENA, en el Ayuntamiento del Municipio de Meoqui, ha despertado inquietudes en un sector de la ciudadanía que ve con mucha desconfianza el hecho de que la relación familiar y conyugal entre ambos funcionarios puede ser considerado, e incluso derivar, en un posible conflicto de interés.


    

La legislación federal en la materia, define como conflicto de interés: La situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño debido e imparcial de su empleo, cargo, comisión o funciones.

¿Qué dice la Ley Federal de Responsabilidades?

Administrativas de los Servidores Públicos en el artículo 8 señala que “habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión”. Igualmente, en el mismo artículo se establece que todo servidor público deberá “excusarse de intervenir, por motivo de su encargo, en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte”.

Es importante aclarar que un conflicto de interés puede ser positivo o negativo, sea para beneficiar a alguien cercano o para actuar en detrimento de otro. Un conflicto de interés no implica de facto una acción errónea o ilegal, pero debe ser propiamente identificado y tratado de manera transparente y efectiva. Cuando un conflicto de interés se ignora, se actúa indebidamente y de manera deliberada sobre éste o influye en ciertas decisiones, las conductas o acciones (no el conflicto en sí) se pueden interpretar como ejercicio abusivo de funciones, tráfico de influencias o bien, derivar en otras conductas que violan la ley.

Los ciudadanos entrevistados argumentan que "dentro del Cabildo, a la hora de las sesiones, están presentes tanto el Síndico como la Regidora ; ambos tienen participación e influyen en las decisiones, forman parte de un cuerpo colegiado de manera simultánea aun cuando en la vida administrativa diaria puedan o no darse el uno al otro órdenes. Es cuestionable su actuar, porque son matrimonio y tomaron posesión de su cargo dentro de un mismo cuerpo colegiado posterior a la elección, evidentemente va a haber un conflicto de intereses".

Uno de los entrevistados manifestó "en este caso, tanto para la Regidora y el Síndico se tienen que establecer mecanismos muy claros para que la gente pueda revisar su actuación con la máxima transparencia posible. Y si aun así no hay claridad, creo que uno de ellos tendría que separarse del cargo”.

Corresponde al Ayuntamiento de Meoqui hacer un análisis jurídico que señale los riesgos de interés de la pareja, pues dijo "cualquier decisión será señalada como nepotismo, conflicto de interés o tráfico de influencias".

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